http://murielgilbert.com/wp-json/oembed/1.0/embed?url=http://murielgilbert.com/chroniques/quand-je-pense-a-fernande-amitie-brassens/ Redacción/la Voz de Tenerife

Maldives El Ayuntamiento coloca carteles en zonas de baño y áreas públicas para recordar que estas prácticas incívicas son también un problema de salud pública.

San Bernardino Contla El Ayuntamiento de Güímar ha puesto en marcha una campaña de concientización para los propietarios de mascotas, con carteles en las zonas de baño y parques del municipio en los que se recuerda que no recoger los excrementos de los animales de compañía está sancionado con 60 euros de multa, que pueden llegar a 150 euros por llevar al perro sin correa o a una zona en la que no está permitida la presencia de mascotas.

El concejal de Servicios Municipales, Sanidad y Medio Ambiente, Sixto Alfonso, recuerda que la localidad cuenta con una playa para perros en El Puertito y que no está permitido acudir con las mascotas al resto de zonas de baño del municipio ni llevarlas sin correa en las áreas públicas.

Esta nueva fase de la campaña de concientización ciudadana sobre mascotas e higiene en la calle nace después de que los servicios municipales hayan observado las malas prácticas de algunos vecinos y visitantes en muchas zonas del municipio. Con la frase "Tu perro es un animal querido por todos, no nos obligues a rechazarle", la iniciativa recuerda que la responsabilidad es de los propietarios de las mascotas y que pueden ser sancionados con multas de entre 30 y 150 euros por no recoger las deposiciones de sus perros o por llevarlos a zonas en las que no están permitidos los animales, como las playas.

El concejal explica que la campaña intenta transmitir a todos los vecinos, especialmente a los dueños de perros, que la presencia de sus mascotas en el municipio es bienvenida, pero también deben concienciarse de que no cumplir con su parte ofrece una imagen negativa de Güímar, dificulta las tareas de limpieza y ocasiona muchas molestias a los ciudadanos, aparte de que existen unas ordenanzas municipales sobre animales domésticos y de compañía, que persiguen cualquier atentado contra los animales y los derechos de los demás.

Alfonso recuerda que el municipio cuenta con la única playa de la Isla en la que se puede acudir con la mascota, unos 200 metros de línea de playa al lado del Club Náutico Puertito de Güímar. Tras la inauguración en agosto, comenzó esta campaña de concientización con un grupo de voluntarios, que han informado a los usuarios de las obligaciones de esta ordenanza, como la obligación de mantener limpia la playa, que los animales no vayan sueltos por la arena o lo imperativo del bozal homologado en razas consideradas potencialmente peligrosas.

 

Responsabilidades

"Ser dueño de una mascota implica una serie de responsabilidades que se deben asumir no solo respecto al animal, sino también con nuestros conciudadanos y el Medio Ambiente", señala el edil, quien explica que, además de la seguridad y la limpieza básica, los excrementos de perro abandonados en la calle son también un problema de salud pública, ya que son una fuente de enfermedades, sobre todo, para los niños, que pueden tocar arenas o entornos infectados y acabar con algún parásito.

Asimismo, hay estudios que demuestran que la materia fecal que se deja en la vía pública termina secándose y transformándose en polvo, el cual ensucia no solo el aire, sino también depósitos de agua y alimentos. Y dado que se calcula que un ejemplar canino de tamaño mediano evacúa a diario 600 gramos de excremento en promedio, lo que significa 18 kilogramos al mes, el problema es más grave de lo que parece y está relacionado con enfermedades de tipo bacteriano o la infección por parásitos.

La Ordenanza municipal sobre animales domésticos y de compañía, del año 2005 y que se puede consultar en http://www.guimar.es, señala que "todo propietario o poseedor de un animal doméstico será responsable de los daños que ocasione a las vías y espacios públicos" y, en su artículo 8, especifica "queda prohibido dejar las deposiciones fecales de los animales domésticos en las vías y espacios públicos".

El artículo 25 establece los grados de las infracciones, de modo que serán leves "la posesión de perros no censados o no identificados; la no tenencia, o la tenencia incompleta, de un archivo con las fichas clínicas de los animales objeto de vacunación y de tratamiento obligatorio; la tenencia de animales en lugares donde no pueda ejercerse sobre ellos la adecuada atención y vigilancia, o no recoger y colocar las deposiciones fecales de los animales domésticos en los contenedores de basura o en los lugares que la Autoridad Municipal determine para ello", entre otras.

 

Hasta 15.000 euros de multa

Las infracciones leves, como no limpiar las deposiciones o llevar al perro de paseo en una playa en la que no esté permitido, serán sancionadas con multas de entre 30,05 euros y 150,25 euros, aunque la modificación que se hizo de la ordenanza a finales de 2005 establece específicamente que la multa por no recoger las heces de la mascota será de 60 euros. Las infracciones graves pueden llegar a 1.502, 53 euros y las muy graves, a 15.025,30 euros.

 

Así, se considera infracciones muy graves a:

a) La organización, celebración y fomento de espectáculos de peleas de perros y de tiro al pichón así como la utilización de animales en peleas, fiestas, espectáculos y otras actividades que conlleven maltrato, crueldad o sufrimiento.

b) La utilización de animales en espectáculos, fiestas populares y otras actividades que sean contrarias a lo dispuesto en la Ley 8/1991, de 30 de abril, de protección de los animales.

c) Los malos tratos y agresiones físicas a los animales.

d) El abandono de un animal doméstico o de compañía.

e) La venta de animales a laboratorios o clínicas sin el cumplimiento de las garantías previstas en la normativa vigente.

f) Los actos que supongan crueldad, maltrato o sufrimiento, no simulados, en la filmación de escenas con animales para cine o televisión.

g) El incumplimiento, por los establecimientos de venta de animales, de las obligaciones sanitarias que pesen sobre ellos, por aplicación de la citada Ley 8/1991.

h) La organización de peleas de gallos que incumplan lo establecido en la Ley 8/1991.

 

Fuente: http://lavozdetenerife.com/not/59259/no_recoger_los_excrementos_de_la_mascota_estara_multado_con_60_euros/

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